La Dirección General de la Policía Municipal informó que los agentes ahora se encuentran debidamente identificados. La Policía Municipal fue creada el pasado mes de abril.
Foto: Prensa Municipal. |
A través de la dirección de Prensa la Policía Municipal informó este viernes que ahora los funcionarios se encuentran debidamente identificados.
En este sentido, los nuevos agentes portan un carnet identificador y un chaleco con la leyenda Policía Municipal San Lorenzo.
Con la Policía creada el pasado mes de abril, los inspectores y/o notificadores de las dependencias de Salubridad, Medio Ambiente, Obras Públicas, Prevención contra Incendios, Planificación Urbana, la Jefatura de Seguridad y la Policía Municipal de Tránsito, están bajo la dirección de la Policía Municipal, que es dirigido por Pablo Pérez.
En este sentido, los nuevos agentes portan un carnet identificador y un chaleco con la leyenda Policía Municipal San Lorenzo.
Con la Policía creada el pasado mes de abril, los inspectores y/o notificadores de las dependencias de Salubridad, Medio Ambiente, Obras Públicas, Prevención contra Incendios, Planificación Urbana, la Jefatura de Seguridad y la Policía Municipal de Tránsito, están bajo la dirección de la Policía Municipal, que es dirigido por Pablo Pérez.
Funciones de la Policía Municipal, según Ley 3966/2010
Serán funciones de la Policía Municipal, las siguientes:
a) vigilar los edificios e instalaciones de las municipalidades, especialmente los recintos
donde se guardan documentos y valores, se presten servicios públicos o sitios de gran
concurrencia;
b) vigilar los bienes del dominio municipal;
c) requerir la exhibición de licencias municipales;
d) ejecutar o hacer cumplir lo dispuesto en ordenanzas, reglamentos y resoluciones
municipales y las órdenes del Intendente y de los juzgados municipales de faltas;
e) ordenar, dirigir y señalizar la circulación de personas y vehículos en la vía pública
y en los predios municipales;
f) redactar actas, partes, informes o constancias de los hechos en que intervienen,
elevándolos a las autoridades municipales correspondientes;
g) solicitar la intervención de la Policía Nacional para la prevención de hechos ilícitos,
el mantenimiento del orden y la tranquilidad pública;
h) prevenir la ocurrencia o prestar auxilios en casos de siniestros como: incendios,
derrumbes, intoxicaciones colectivas, contaminación ambiental y accidentes en general,
pudiendo formar cuerpos especializados y concertar planes de acción conjunta con cuerpos
similares;
i) organizar escuelas de formación o de especialización para el eficaz cumplimiento
de sus funciones; y,
j) realizar todo cuanto sea compatible con sus funciones.
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