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29 de marzo de 2019

Polémica por cambio de juez de faltas

La Junta Municipal designó el pasado 20 de marzo a Enrique Moreno como Juez de Faltas interino para el área de tránsito, en remplazo de Fátima Escurra, quien fue designada de forma “provisoría”, ya que Edgar Zaracho fue comisionado a la Gobernación de Central, pero no existe la figura del "comisionamiento" y la de un "juez interino".

Podrían saltar irregularidades en el tema juez de faltas.

Todo comenzó con el pedido que realizaron los concejales Nelson Peralta y “Lilo” Domínguez, quienes recomendaron de forma interina el cambió de juez, argumentando que Fátima Escurra “estuvo ejerciendo sus labores profesionales en horario de oficina”.

En este sentido, propusieron a Enrique Javier Moreno, comisionado de la Cámara de Diputados. Supuestamente otras carpetas también fueron analizadas.

Cabe recordar que en principio fue elegido como juez Edgar Zaracho, sin embargo fue comisionado a la Gobernación de Central, desde que asumió Hugo Javier.

Mientras que el pasado miércoles, el concejal Carlos Ferreira cuestionó el procedimiento y pidió para que la plenaria se rectifique en su proceder, y solicitó que se de lectura a la Ley Orgánica Municipal, en su artículo 129, "enjuiciamiento de jueces".

En contra posición, el presidente de la Junta Municipal, Osvaldo Gómez, pidió igualmente a la secretaria general que lea la misma ley pero el artículo 128, "sustitución de jueces". En este contexto, el presidente Gómez recordó que María Fátima Escurra fue nombrada de forma provisoria y que “puede ser cambiada en cualquier momento”. Agregó, que la misma no cumplió sus funciones debidamente, ya que no solicitó permiso.

Por su parte el concejal Nery Quiñones indicó que no se la puede apartar del cargo si hay algún permiso. A lo que el presidente Gómez respondió que a la Junta no ha llegado ninguna solicitud. En esa misma línea, el concejal Ferreira insistió en que sí y que el permiso se realizó a la dirección de RRHH, como corresponde, y no a la Junta Municipal. Asimismo tildo de “persecución política” el procedimiento.

En otro momento, el concejal Ovidio Ortiz pidió para que se trate el tema en el último punto del orden del día, considerando que su colega Ferreira alegó que los jueces se rigen por la dirección de RRHH y solicitó que mientras los asesores analicen el caso, si corresponde o no un sumario, avanzar con el orden del día.

A estos efectos, determinaron que la Dra. Fátima Escurra solicitó permiso, pero luego de las reiteradas ausencias, por lo que finalmente será sumariada.


Lo que dice la Ley Orgánica Municipal N° 3966/10, artículos 128, 129 y 130

  • Artículo 128.- Sustitución de jueces.
En defecto del Juez, por ausencia, impedimentos, inhibición o recusación, será sustituido por otro de igual jerarquía; si no lo hubiere, la Junta Municipal designará un Juez ad hoc que reúna los mismos requisitos y cumpla las mismas condiciones establecidas para los jueces regulares.
  • Artículo 129.- Enjuiciamiento de jueces.
La Junta Municipal, por simple mayoría de votos, podrá decidir el enjuiciamiento de jueces de faltas municipales por mal desempeño de sus funciones o faltas al decoro debido, para lo cual constituirá con sus miembros una comisión ad hoc, elegidos por sorteo la que deberá expedirse en el plazo de diez días hábiles, en fallo fundado, previa audiencia del inculpado.
  • Artículo 130.- Sanciones aplicables a jueces.
Las sanciones aplicables por la Junta a los jueces, de acuerdo con la gravedad, serán: la amonestación, la multa equivalente al monto de uno a noventa jornales mínimos, la destitución e inhabilitación de hasta cinco años para ejercer funciones municipales no electivas.

Controversia

De acuerdo con el artículo 128, no existe la figura del comisionamiento de un juez de faltas, así como la de un interino. Por lo que en este caso, Edgar Zaracho debería de renunciar al cargo, y así quedar a disposición de RRHH para lo que hubiera lugar. 

En lo que respecta a la figura “ad hoc”, tendría que ver con una asignación para determinado caso.


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