Ayer durante la sesión de la Junta Municipal el concejal Ignacio Brítez planteó a través de un proyecto de ordenanza reglamentar las funciones y procedimientos de los inspectores municipales, hoy policías municipales; debido a que los mismos carecen de formalidad. Advirtió que sus procedimientos son causales de nulidad.
Plantean reglamentar las funciones y procedimientos de los inspectores municipales. |
"Si bien está establecido en la Ley 3.966 la actuación de los inspectores municipales, creo conveniente reglamentar dicha actividad, en qué sentido, actualmente todas las actuaciones de nuestros inspectores son nulos, de nulidad insalvable, porqué, porque en primer lugar se van funcionarios que no tienen identificación, no tienen sellos, no tienen uniformes, no llevan la firma de dos testigos hábiles, que avale ese acta de intervención, cualquier abogado puede plantear la nulidad de todo eso", sostuvo el concejal Brítez.
Los inspectores, que hoy pasaron a la Policía Municipal, primero deben ser idóneos para la función, deberán contar con un uniforme especial, acorde al área que pertenezca, así como una identificación personal, al tiempo de ser un funcionario permanente.
Así mismo el texto reglamenta en su punto dos que las actas a ser suscritas deberán cumplir con los siguientes requisitos. 1, lugar, fecha y hora del hecho. 2, nombre y domicilio del imputado, en caso que puedan ser determinados, así como de testigos si los hubiere. 3, naturaleza y circunstancias del hecho y descripción de los medios empleados para la comisión. 4, la disposición legal presuntamente infringida. 5, la firma del funcionario interviniente con aclaración de nombre y cargo, y sello personal. 6, la firma del imputado o, en su defecto las firmas e identificación de dos testigos, en caso de que el denunciado se negare a suscribir el acta de intervención.
Caso contrario el proyecto advierte que los procedimientos serán "causales de nulidad absoluta".
El documento fue girado a la Comisión Asesora de Legislación.
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